La contratación bancaria desempeña un papel crucial en la intermediación crediticia y la gestión financiera de empresas. Entre los contratos más destacados en este ámbito se encuentran el factoring y el confirming, de procedencia anglosajona, dos herramientas que, aunque comparten ciertas similitudes, cumplen diferentes funciones.
El factoring es un contrato celebrado entre un empresario y una entidad financiera, mediante el cual esta última se compromete a prestar diversos servicios relacionados con los créditos comerciales del empresario. Sus principales funciones incluyen:
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- Gestión de cobros y contabilidad: La entidad financiera asume la administración de los créditos asignados, lo que incluye su gestión contable.
- Financiación: El empresario recibe de forma anticipada el importe de los créditos, sujeto al pago de intereses.
- Cobertura de riesgo de impago: En el factoring sin recurso, la entidad financiera asume el riesgo de insolvencia del deudor, habitualmente complementado con un contrato de seguro de crédito (servicio de garantía).
En resumidas cuentas, el empresario cede sus facturas por cobrar a una entidad financiera (factor), y esta se encarga de gestionar el cobro de esas facturas. Además, dicha entidad puede adelantar al empresario el dinero antes de que sus clientes paguen (servicio de financiación).
Se trata de un contrato atípico, por lo que se rige principalmente por los acuerdos entre las partes. Sin embargo, la cesión de créditos, elemento central en este contrato, se regula de forma supletoria por el Código Civil y el Código de Comercio.
El confirming, por otro lado, es un servicio de gestión de pagos ofrecido por entidades financieras que permite a los empresarios simplificar el pago a sus proveedores y, en muchos casos, facilitar su financiación. Su operativa principal incluye:
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- Gestión de pagos: El empresario encarga a la entidad financiera el abono de facturas validadas, que posteriormente se comunica a los proveedores.
- Financiación para el empresario: El empresario puede optar por pagar a la entidad financiera después del vencimiento de las facturas, asumiendo los intereses pactados.
- Financiación para proveedores: Los proveedores pueden cobrar de forma anticipada las facturas (confirming con anticipo), también a cambio de intereses o comisiones.
Es decir, en lugar de que el empresario pague directamente las facturas a sus proveedores, encarga a una entidad financiera que se ocupe de realizar esos pagos.
A diferencia del factoring, el confirming se centra en la gestión de pagos en lugar de la gestión del cobro de los créditos. Este contrato, también atípico, se basa en la autonomía de las partes y tiene similitudes con el contrato de comisión.
Diferencias clave:
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- Objeto principal: El factoring se orienta a la gestión de créditos y cobros, mientras que el confirming gestiona pagos a proveedores.
- Financiación: En el factoring, el empresario recibe financiación anticipada por los créditos comerciales; en el confirming, la financiación puede beneficiar tanto al empresario como a los proveedores.
- Riesgo: El factoring puede incluir la cobertura del riesgo de impago; mientras que el confirming no asume este tipo de riesgos, ya que está centrado en la gestión de pagos.
Conclusión
Ambos contratos presentan soluciones efectivas para la gestión financiera empresarial:
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- Factoring: Una opción ideal para empresas que buscan optimizar su liquidez a través del anticipo de sus créditos comerciales, mientras minimizan el riesgo de impago.
- Confirming: Perfecto para empresas que desean simplificar y automatizar los pagos a sus proveedores, ofreciéndoles además alternativas de financiación anticipada.
Estas herramientas destacan como estrategias clave para mejorar la eficiencia financiera y la sostenibilidad operativa de las empresas.
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