La no convalidación el pasado 22 de enero del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, denominado como “Ómnibus”, comporta la pérdida de vigencia, entre otras, de las siguientes medidas:
- La prórroga por dos años (esto es, hasta el cierre del ejercicio que comience en 2026) del régimen extraordinario aprobado durante la pandemia para la causa de disolución por pérdidas del art. 363.1.e) LSC (la llamada moratoria societaria o contable).
- La prórroga por dos años (hasta el 31 de diciembre de 2026) de la aplicación del mecanismo de control de inversiones extranjeras directas en España a determinadas inversiones realizadas por residentes en países de la Unión Europea o en la Asociación Europea de Libre Comercio distintos de España, así como por entidades españolas cuya titularidad real corresponda a residentes en estos territorios.
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