Les recordamos que durante el presente mes de Noviembre, los contribuyentes cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, podrían tener la obligación de presentar el Modelo 232 de Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.
Obligados a presentar el Modelo 232
- Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que actúen mediante establecimiento permanente, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, que realicen las siguientes operaciones con personas o entidades vinculadas:
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- Operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada siempre que el importe de la contraprestación del conjunto de operaciones en el período impositivo supere los 250.000 euros.
- Operaciones específicas, siempre que el importe conjunto de cada una de este tipo de operaciones en el período impositivo supere los 100.000 euros. Tienen la consideración de operaciones específicas, entre otras: (i) las operaciones con personas físicas que tributen en estimación objetiva (tributación por módulos); (ii) las transmisiones de negocios, valores o participaciones en entidades no cotizadas o situadas en paraísos fiscales; y (iii) las transmisiones de inmuebles y operaciones sobre intangibles.
- Los contribuyentes que apliquen la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles prevista en el artículo 23 LIS porque obtienen rentas como consecuencia de la cesión de determinados intangibles a personas o entidades vinculadas.
- Los contribuyentes que realicen operaciones o tengan valores en países o territorios calificados como paraísos fiscales independientemente de su importe.
Formas de presentación
La presentación del Modelo 232 debe realizarse obligatoriamente por vía electrónica, bien a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o bien desde la página de la Agencia Tributaria en Internet.
Plazo de presentación
El Modelo 232 se presentará con periodicidad anual en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar. Por tanto, como regla general, cuando se trate de contribuyentes cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de la declaración queda fijado desde el 1 al 30 de noviembre.
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